EDICIÓN 116: Abril - Junio 2023

Cambios en el ITP y el Impuesto sobre el Patrimonio

Por Armin Gutschick & Anja Sämann-Gutschick
El 1 de enero de 2023 empezó a aplicarse el incremento de los tipos de gravamen del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en las Islas Baleares. El ITP es un impuesto estatal cedido a las Comunidades Autónomas. El tipo mínimo sigue siendo el 8%, pero a partir de ahora va a subir progresivamente hasta el 13%. Hasta los 400.000 € el tipo impositivo es del 8%, de 400.000 hasta 600.000 €, del 9%, de 600.000 hasta 1.000.000 €, del 10%, de 1.000.000 hasta 2.000.000 de euros, del 12% y a partir de 2.000.001 de euros es del 13%.

El impuesto se calcula acumulati- vamente, de manera que, si se ven- de un inmueble por 2,5 millones de euros, el impuesto a pagar será de 275.000 €. El cálculo es el siguiente: los primeros 400.000 € se gravan al 8% (32.000 €), los siguientes 200.000, al 9% (18.000 €), los siguientes 400.000, al 10% (40.000 €), el millón de euros siguiente, al 12% (120.000 €) y los 500.000 restantes, al 13% (65.000 €). En este ejemplo, el tipo medio del impuesto a pagar por la operación es del 11%.



La Ley 38/2022 contiene dos novedades importantes referentes a las imposiciones fiscales sobre el patrimonio de residentes y no residentes en España ya que con ella, por un lado, se actualiza el Impuesto sobre el Patrimonio y, por otro, se crea el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. Como entró en vigor al final del año 2022, este impuesto grava el patrimonio existente a 31 de diciembre de 2022 y se debe liquidar hasta el 30 de junio de 2023.

Hasta ahora, los socios de sociedades extranjeras que tengan bienes inmuebles ubicados en España no pagaban el Impuesto sobre el Patrimonio porque no estaba previsto en la legislación fiscal de España. Esto se ha corregido con la nueva ley. Por lo tanto, ahora se grava el patrimonio de sociedades extranjeras cuando, de acuerdo con el Convenio de Doble Imposición (CDI) aplicable, España tenga potestad tributaria. El convenio con Alemania, por ejemplo, contem- pla gravar a los no residentes que sean titulares de acciones o participaciones de sociedades alemanas cuyo activo esté constituido en al menos el 50 por ciento de forma directa o indirecta por bienes inmuebles situados en territorio español. En los convenios con Suiza y Austria, al contrario, no está prevista esta potestad.

El impuesto existente sobre el patrimonio es recaudado por las Comunidades Autónomas, pero el nuevo Impuesto de Solidaridad se pagará a la Agencia Tributaria Estatal. Se aplica a todos los bienes patrimoniales ubicados en España y se calcula de la manera siguiente: de 3 a 5,34 millones de euros el tipo impositivo es el 1,7%, de 5,34 a 10,69 millones, el 2,1% y para más de 10,69 millones es el 3,5%. El importe exento del Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas es de 3.000.000 € mientras que en las Comunidades Autónomas el importe exento del Impuesto sobre el Patrimonio suele ser de 700.000 euros. En principio, habría superposición entre estos dos impuestos ya que ambos gravan al patrimonio, pero se permitirá deducir el Impuesto de Solidaridad del Impuesto de Patrimonio Autonómico. Por lo tanto, si el importe del Impuesto sobre el Patrimonio fuera igual o mayor que el importe del Impuesto de Solidaridad, no habría que pagar este último.



Dado que el Impuesto sobre el Patrimonio que se paga en las Islas Baleares es mayor que el de Solidaridad, aquí las cosas seguirán en gran parte igual que hasta ahora. Por ejemplo: si la base imponible fuera de 10,90 millones de euros, el Impuesto sobre el Patrimonio recaudado en las Baleares ascendería a 258.832 € (2,9%); mientras que el Impuesto de Solidaridad solo sería de 224.490 € (2,1%). Por lo tanto, no habría que pagar nada en concepto del impuesto estatal que, en comparación con el autonómico, es más bajo. En otras Comunidades Autónomas personas con tales fortunas sí que tienen que pagar el Impuesto de Solidaridad.

Evidentemente, el Gobierno central consideró que en algunas Comunidades Autónomas el trato impositivo era demasiado laxo. En Madrid no se recauda el Impuesto sobre el Patrimonio y en Andalucía existen bonificaciones generosas. Con el Impuesto de Solidaridad el Gobierno central ingresará el dinero al que renuncian voluntariamente las Comunidades Autónomas. En un principio, el nuevo impuesto a las grandes fortunas se aplicará solo temporalmente, durante dos años (2022 y 2023), pero, si se tiene en cuenta lo que pasa con el Impuesto sobre el Patrimonio que, tras una interrupción de varios años, lleva una década prorrogándose anualmente, esto no quiere decir gran cosa.