Las funciones de un notario español
Por Armin Gutschick & Anja Sämann-Gutschick
Actualmente hay nueve notarías en Ibiza y Formentera, repartidas entre los distintos municipios. Los notarios españoles actúan de forma imparcial y procuran siempre asesorar a las partes interesadas de modo objetivo y equitativo. Recogen las declaraciones de las partes y, dando fe de ellas, las elevan a público.
Una escritura formalizada ante notario puede ser inscrita en los Registros públicos. La compra de un inmueble se debe inscribir en uno de los cuatro Registros de la Propiedad de Ibiza, y la constitución de una sociedad, en el Registro Mercantil.
En España, los notarios elevan a público no solo contratos de compraventa, también autorizan escrituras de apoderamiento. El mejor ejemplo es el poder para pleitos otorgado a abogados y procuradores que generalmente debe ser formalizado ante notario. En el marco de la jurisdicción voluntaria existe desde hace algunos años incluso la posibilidad de casarse y, bajo ciertas circunstancias, divorciarse de mutuo acuerdo ante notario.
Los gastos notariales en España son considerablemente menores que en otros países de la Unión Europea. Esto se debe en parte a que en los últimos 30 años los aranceles notariales no se han incrementado. Por otra parte, la legalización de poderes, testamentos y contratos matrimoniales no se factura por el “valor de transacción“, puesto que en España este tipo de instrumentos se consideran “documentos sin cuantía“ que no están vinculados a un valor comercial.

En España, los aranceles notariales están fijados por la ley. Por lo tanto, los notarios en Ibiza cobrarán un precio fijo de unos 40 euros por la autorización de un poder o un testamento, añadiendo un pequeño recargo si el documento tuviera más de cinco páginas. A la vista de ello, cualquier extranjero debería considerar si no sería más económico otorgar un poder o incluso un testamento ante un notario español en vez de hacerlo en su país de origen. Además, los notarios españoles pueden conceder a sus clientes una rebaja de hasta el 10% y, en los casos de compraventas por un valor de más de seis millones de euros, los honorarios notariales se pueden negociar libremente.
En un principio, en el sistema notarial español no está previsto que el notario actúe como depositario fiduciario del precio de compraventa. Esto radica en que el derecho civil español está basado en un sistema estrictamente causalístico y exige que todo negocio jurídico tenga una causa jurídica. En el caso de depositar dinero en una cuenta fiduciaria del notario para una transacción en la que éste no estuviese implicado personalmente, el nexo causal es cuestionable. Por este motivo, los notarios españoles que sí ofrecen una cuenta fiduciaria optan por la vía de formalizar un acta de depósito, lo que supone un coste adicional para el cliente.

En España, el notario eleva a público el contrato de compraventa, pero no se ocupa de la inscripción en el Registro ni del pago de los impuestos. Para este cometido, el comprador tiene que contratar un asesor fiscal. Los notarios españoles no se hacen responsables de la situación registral en el momento del otorgamiento de la escritura pública. Únicamente informan a las partes de la situación registral a la hora de la última consulta del Registro de la Propiedad que normalmente se realiza el día anterior. Sería de mucha utilidad que los notarios españoles pudiesen ocuparse más extensamente de los trámites relacionados con las transacciones, recibiendo en depósito el precio de la compraventa, cancelando cargas, solicitando la realización de asientos de presentación y entregando el precio de compraventa al vendedor cuando quedase comprobada la ausencia de cargas. Puesto que en el sistema notarial español no está previsto este tipo de mecanismos, es aconsejable dejarse asesorar por un abogado en los preparativos y el seguimiento de las escrituras públicas de compraventa.